El deporte colombiano sigue creciendo y cada vez cuenta con más herramientas para su desarrollo. Una de ellas es la sanción de la Ley 2210 del 23 de mayo de 2022, que reconoce y reglamenta la actividad del entrenador deportivo, además de definir su naturaleza y propósito.
La profesionalización de la labor de aquellos que forman el presente y futuro del deporte nacional, es uno de los propósitos fundamentales de esta ley de la república, para que así los atletas del país, desde la base hasta el alto rendimiento, cuenten con idoneidad y procesos pedagógicos de aprendizaje, como también educación y perfeccionamiento de su capacidad.
Para ejercer como entrenador (a) deportivo (a), se requiere estar inscrito en el registro de entrenadores deportivos, lo cual se acreditará con la presentación de la tarjeta o documento que para ello se expida por parte del Colegio Colombiano de Entrenamiento Deportivo, ente que los regirá.
El requisito fundamental para obtener la tarjeta de entrenador es haber adquirido el título académico de profesional, tecnológico y/o técnico universitario en deporte, educación física o afines, otorgado por instituciones de educación superior oficialmente reconocidas por el Estado, incluido el SENA.
La persona que, a la fecha de entrada en vigor de la ley, se encuentre ejerciendo actividades de entrenamiento deportivo sin haber adquirido o convalidado un título académico que lo acredite, obtendrá un registro provisional de entrenador por cinco años, renovable por ese mismo lapso.
Con la sanción de esta ley, los entrenadores estarán en capacitación constante y serán los encargados de diseñar, aplicar y evaluar planes individuales y colectivos de entrenamiento mediante un proceso científico, pedagógico, metodológico y sistemático, con el fin de racionalizar recursos y optimizar el proceso de preparación deportiva. También estarán facultados para realizar una adecuada identificación, selección y desarrollo del talento deportivo de diferentes niveles, categorías y género.