Con el objetivo de dar cumplimiento a la ley 2232 de 2022, el Gobierno Nacional ha venido avanzando en la implementación de medidas para reducir y sustituir de manera gradual los plásticos de un solo uso, los cuales generan graves afectaciones en la biodiversidad y una fuerte contaminación en múltiples ecosistemas.
El pasado mes de noviembre del 2023, se firmó el Pacto Nacional Colombia libre de plásticos de un solo uso, producto del trabajo conjunto entre la industria, los recicladores, los distribuidores, el Congreso y los jóvenes. Su principal objetivo fue “avanzar significativamente en disminuir la contaminación de plástico en Colombia, que tiene casi un millón de toneladas de disposición final anualmente y que necesitamos reducir porque el plástico es hoy uno de los mayores contaminantes, sobre todo de fuentes hídricas, y lo que necesitamos es un uso más racional de ese plástico”, según la ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Susana Muhamad.
En total, serán 14 las categorías de productos plásticos de un solo uso los que saldrán del mercado con un tiempo entre dos a ocho años. Quienes incumplan esta ley, podrán recibir fuertes sanciones como multas económicas de hasta 50.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, decomiso de cualquier plástico prohibido, clausura temporal de establecimientos donde la acaten y hasta clausuras definitivas en caso de infracciones graves o reincidencias.
Implementación de la ley contra plásticos de un solo uso
A partir del próximo 7 de julio del 2024, entrará en vigor el decreto del gobierno, por lo cual las autoridades comenzarán a regular su cumplimiento. En esta primera etapa, saldrán del mercado los primeros seis productos:
- Bolsas de punto de pago utilizadas para embalar, cargar o transportar paquetes y mercancías, excepto aquellas reutilizables o de uso industrial.
- Bolsas utilizadas para embalar periódicos, revistas, publicidad y facturas, así como las utilizadas en las lavanderías para empacar ropa lavada.
- Rollos de bolsas vacías en superficies comerciales para embalar, cargar o transportar paquetes y mercancías o llevar alimentos a granel, excepto para los productos de origen animal crudos.
- Mezcladores y pitillos para bebidas.
- Soportes plásticos para las bombas de inflar.
- Soportes plásticos de los copitos de algodón o hisopos flexibles con puntas de algodón.
Finalmente, cabe recordar que no todos los plásticos de un solo uso serán eliminados, pues la ley tuvo en cuenta algunas excepciones como productos utilizados en contextos médicos, para la conservación de alimentos y otros riesgos para la salud humana o del medio ambiente.
Artículos utilizados en entornos médicos para mantener la asepsia y la higiene, productos plásticos que ayudan a contener productos químicos peligrosos, plásticos utilizados para contener o embalar residuos peligrosos y los pitillos o pajillas adheridas a envases de hasta 3.000 mililitros (ml), con un sistema de retención para garantizar su recolección y reciclaje, son algunos de los productos exceptuados.
Fuente: Sistema Integrado Digital – RCN Radio – Anthonny José Galindo Florian