La legislación entró en vigencia desde su publicación.
El presidente de la República, Iván Duque, firmó la ley que prohíbe el consumo y porte de drogas en espacios públicos y entornos escolares, y por medio de la cual se imponen sanciones a los infractores.
Según la ley, serán sancionados quienes porten, consuman o faciliten la distribución de sustancias psicoactivas en entornos escolares, que deberán ser definidos por los alcaldes, así como en parques, espacios deportivos, zonas históricas, entre otras.
La sanción que se impondrá a los infractores es la multa general tipo cuatro, que según el Código de Policía es de hasta 32 salarios mínimos diarios legales vigentes; adicionalmente, se destruirán las sustancias encontradas.
«El Consejo Nacional de Estupefacientes y el Ministerio de Salud definirán, como mínimo semestralmente, las sustancias psicoactivas que creen dependencia impacten la salud, así como sus dosis mínimas permitidas», señala la ley.
La Ley 2000 de 2019 también ordena que se creen dentro de los Centros de Atención en Drogadicción salas de atención, tratamiento y rehabilitación para personas con problemas de consumo.
El Consejo Nacional de Estupefacientes también estará encargado de hacer un mapeo de zonas y comportamientos de consumo para reglamentar el establecimiento y operación de esas salas.
También se hace énfasis en que la «ley no debe ser interpretada como una habilitación para portar o tener sustancias psicoactivas ilícitas o prohibidas, en el espacio público».
«En consecuencia, las autoridades deberán proceder a su incautación y destrucción, conforme a los procedimientos legales reglamentarios», agrega.
Las firmas que aparecen en el documento son las de Lidio García, presidente del Senado, Gregorio Eljach Pacheco, secretario del Senado, Carlos Alberto Cuenca, presidente de la Cámara de Representantes y Jorge Humberto Mantilla, secretario de esa corporación.