La Corte Constitucional decidirá si ordena la ampliación de la vigencia de la ley que por ahora va hasta el 2021.
En el primer orden del día de la Sala Plena de la Corte Constitucional de esta semana se encuentra la demanda que pide ampliar la vigencia de la ley de víctimas creada tras la firma de los acuerdos de paz entre el gobierno de Juan Manuel Santos y la guerrilla de las Farc.
La demanda indica que la ley 1448 de 2011 que hasta el momento tiene vigencia hasta el 2021, no alcanzará a reparar a todas las víctimas del conflicto armado, por lo que le pidió a la Corte mantenerla hasta el año 2030.
Esa petición la expuso el exministro del Interior, Juan Fernando Cristo en una audiencia pública que convocó la Corte Constitucional para escuchar las razones de fondo y la conveniencia de ampliar o no la ley.
Los demandantes busca que el alto tribunal tumbe uno de los apartes de la norma que impone límites en el tiempo para reparar a todas las víctimas del conflicto armado, quienes son considerados como el eslabón de los acuerdos de paz.
Para el exjefe de la cartera política, la eliminación de la ley afectaría directamente a las víctimas debido a que desaparecerían una serie de entidades que fueron creadas para proteger los derechos de esas personas.
En dicha audiencia pública también participó el viceprocurador General, Juan Carlos Cortes, advirtió a la Corte Constitucional que la desaparición de la ley conllevaría a un vacío jurídico sobre la imposibilidad del Estado para cumplirles a las víctimas.
“La institucionalidad de paz quedaría sin piso jurídico (…) se generaría una condición de vacío que tendría un efecto contrario a la constitución porque desconocería las norma de los actos legislativos para el cumplimiento del acuerdo final de paz”, dijo Cortes.
El magistrado ponente José Fernando Rey, que convocó la audiencia pública, plantea que en el desarrollo de la misma se esclarezca cuál podría ser el impacto a los derechos de las víctimas de llegarse a cumplir el termino en el tiempo que establece el artículo 208 de la ley.
El magistrado también evalúa los efectos específicos en la implementación en el acuerdo de paz y los derechos de las víctimas en caso de que se produzca la pérdida de la vigencia de la ley 1448 de 2011.