Teniendo en cuenta los lineamientos del Gobierno Nacional, a través del Decreto 593 del 24 de abril de 2020, conforme a los numerales 18,19, 20, 21 y 29 los términos de los trámites competencia de la Oficina Asesora de Planeación, iniciarán a correr a partir del día 27 de abril de 2020, asimismo, esta oficina procede a señalar el proceso y funcionamiento que se llevará a cabo para la radicación de licencias urbanísticas.
En primer lugar, es importante mencionar que una vez expedida la licencia urbanística en cualquier modalidad, la Administración Municipal de Yopal será estricta con los protocolos de construcción, los cuales se encuentran consignados en la circular conjunta No. 001 del 11 de abril de 2020, del Ministerio de vivienda, Ministerio de salud y Ministerio de Trabajo, la cual será publicada en la página de la Alcaldía Municipal, como también en físico en la Oficina Asesora de Planeación.
Radicación de nuevas solicitudes de licencia urbanístico
Radicación de nuevas solicitudes de licenciamiento urbanístico en cualquiera de sus modalidades en periodo de cuarentena:
- El sobre deberá contener la siguiente documentación:
· Se entregará todos los requisitos establecidos en los decretos 1077 del 2015, 1197 del 2016 y 1203 del 2017 respecto a cada modalidad de licenciamiento. Circular N.º 001 del 17 enero de 2020 emitida por la Oficina Asesora de Planeación.
· Certificado del pago del cargo básico.
· Listado de la documentación entregada en el sobre.
· Carpeta Amarilla Cuatro Solapas.
· CD o USB con la totalidad de documentación que se encuentra en el sobre en formato PDF con firmas y planos en DWG.
· En el sobre se deberá aportar el nombre del solicitante, número de cedula de ciudadanía, numero de contacto celular, correo electrónico y dirección de contacto.
Si en el sobre entregado están completos todos los documentos de radicación se dará continuidad al proceso de licenciamiento, en caso contrario se le informará al solicitante para que complete la documentación faltante.
Importante: Una vez entregado el sobre de la radiación el usuario deberá retirarse de las instalaciones de la Alcaldía.
Una vez aprobado el proyecto y pagado el valor de la liquidación de la licencia, el solicitante debe hacer entrega en un sobre sellado de toda la documentación física original (si es el caso), una vez allegada esta documentación se procederá a la expedición.
NOTA: Se concretará previamente con la oficina asesora de planeación fecha y hora para notificación y entrega de la licencia.
2. Requisitos adicionales según la modalidad de cada solicitud de licencia:
· Para todas las modalidades de licenciamiento:
1. Carta de aceptación para ser notificados por correo electrónico.
2. Carta de conocimiento, aplicación y responsabilidad del protocolo sanitario para obras de construcción emitido por el ministerio de vivienda. Circular Conjunta del Ministerio de Vivienda Ciudad y territorio N.º 001 del 11 de abril de 2020.
· En modalidad de reconocimiento de una construcción existente:
1. Video(s) Panorámico 360º partiendo del Frente(s) del lote desde el centro de la vía, mostrando el perfil vial haciendo énfasis en los elementos que componen la fachada o fachadas, postes de luz, antejardín, etc. Si el predio es esquinero o tiene más de un frente se realizará un video por frente de lote.
2. Video recorriendo la totalidad de los espacios de la construcción a reconocer, haciendo énfasis en las áreas a intervenir si es el caso.
· En modalidad de ampliación, modificación, reforzamiento estructural, demolición:
1. Video(s) Panorámico 360º partiendo del Frente(s) del lote desde el centro de la vía mostrando el perfil haciendo énfasis en los elementos que componen la fachada o fachadas postes de luz, antejardín, etc. Si el predio es esquinero o tiene más de un frente se realizará un video por frente de lote.
2. Video recorriendo la totalidad de los espacios haciendo énfasis en las áreas a intervenir si es el caso.
· En la modalidad de Obra Nueva Y Cerramiento:
1. Video(s) Panorámico 360º partiendo del Frente(s) del lote desde el centro de la vía. Si el predio es esquinero o tiene más de un frente, se realizará un video por frente de lote.
Radicación y/o entrega de anexos correcciones de las licencias para revisión.
para realizar las debidas correcciones del acta de observaciones de las solicitudes de licencias que se encuentran en curso, se podrá hacer de manera virtual a través del correo electrónico contá[email protected].
Una vez aprobado el proyecto y pagado el valor de la liquidación de la licencia, el solicitante debe hacer entrega en un sobre sellado de toda la documentación física original. Los siguientes documentos podrán ser enviados por correo para su pre-revisión:
1. Folio de matrícula inmobiliaria.
2. Copia de los documentos de identidad del (Los) solicitantes.
3. Certificaciones de experiencia profesional de todos los profesionales que intervienen en el trámite.
4. COPNIA de los ingenieros que intervienen en el trámite
5. CPNAA de los arquitectos que intervienen en el trámite.
6. Matrículas profesionales de quienes intervienen en el trámite.
7. Certificación catastral y de nomenclatura.
8. Escrituras públicas del predio objeto de solicitud.
9. Certificado de representación legal.
10. Fotografías a color de la valla.
11. Y demás documentos que no requieran firma en original.
12. para la radicación de planos, de solicitudes de licencias ya radicadas se podrá realizar una pre-revisión por medio electrónico, deberán ser planos firmados y escaneados en formato PDF, y archivo en AUTOCAD para su verificación, con el compromiso de tenerlos en físico DEBIDAMENTE CORREGIDOS Y FIRMADOS, cuando tengan el visto bueno del profesional que estudia el proyecto por parte de esta dependencia.
Pago de cargos básicos y liquidación de licencias
1. Pago de Cargo Básico:
1. Consignar el valor del cargo básico según la modalidad de cada licencia al Banco caja social Cuenta No. 2650414533-7.
·Reconocimiento de construcción existente: $ 392.300
·Ampliación y/o Modificación: $ 392.300
·Obra Nueva: $ 392.300
·Subdivisión Rural: $ 775.000
·Reloteo: De 0 a 1.000m2: $ 1.550.000
De 1.001 a 5.000m2: $ 387.500
De 5.001 a 10.000m2: $ 775.000
De 10.001 a 20.000m2: $ 1.163.000
Más de 20.000 m2: $ 1.550.000
·Cerramiento: $ 392.300
·Urbanización o Parcelación: $ 392.300
·Prórroga y/o Revalidaciones: $ 490.400
2. Enviar soporte de consignación en PDF al correo [email protected] se enviará de regreso el comprobante de pago expedido por la Secretaría de Hacienda Municipal para que sea anexado a la solicitud de licencia.
2. Pago de Liquidación de Licencia Urbanística:
1. El costo de la liquidación de la licencia será enviado a través del correo electrónico [email protected]. El valor de la licencia debe ser consignado al Banco caja social Cuenta No. 2650414533-7.
2. Enviar soporte de consignación en PDF al correo [email protected] se enviará de regreso el comprobante de pago expedido por la Secretaría de Hacienda Municipal.
3. Enviar el comprobante de pago en PDF al correo [email protected] junto con la liquidación de la licencia y posterior a esto se concretará una cita con la oficina asesora de planeación (fecha y hora) para notificación y entrega de la licencia.
Citas con profesionales y consultas estado de las licencias.
1. Consultas del estado de las licencias:
Para conocer qué profesional está a cargo de su solicitud y consultar el estado de su licencia contactarse a través del número 312 443-8690 para solicitudes de licenciamiento, y al 310 296-8898 para otras solicitudes; en el horario de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 12:00 p.m. y de 2:00 p.m. a 5:00 p.m.
2. Citas con profesionales:
Aunque no estamos prestando servicio presencial en las instalaciones, aclaramos que internamente estamos trabajando mediante la metodología de Teletrabajo, con el fin de adelantar el estudio de los trámites que tenemos en proceso.
Para la solicitud de citas, por favor enviar un correo electrónico a [email protected] y el profesional correspondiente se comunicará con el usuario y coordinará en caso de ser necesario la cita en los horarios habituales de atención (martes y jueves de 8:00 a.m. a 12:00m).
Notificaciones
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4º del Decreto 491 de 2020, el cual establece que “Hasta tanto permanezca vigente la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, la notificación o comunicación de los actos administrativos se hará por medios electrónicos. Para el efecto en todo trámite, proceso o procedimiento que se inicie será obligatorio indicar la dirección electrónica para recibir notificaciones, y con la sola radicación se entenderá que se ha dado la autorización”.