Se invita a contribuyentes del impuesto de vehículos a ponerse al día en sus obligaciones pendientes por este concepto, correspondientes a la vigencia fiscal 2020, para que accedan a descuentos y se eviten sanciones e intereses de mora.
Esta determinación se adopta en atención a lo dispuesto en la Ordenanza 01 de 2020, mediante la cual se modificó el calendario tributario del impuesto sobre vehículos en el actual período gravable en el departamento de Casanare.
“Esta Administración, consciente de la difícil situación generada por la emergencia sanitaria, tuvo a bien presentar ante la Asamblea Departamental, una modificación del calendario tributario del Departamento, específicamente en lo que tiene que ver con el impuesto sobre vehículos automotores del año 2020, con el fin de ampliar el plazo y los descuentos por pronto pago; siendo así la Ordenanza autorizó esa solicitud”, expresó Yonny Silva Rivera, director de Rentas en Casanare.
Conforme a esta disposición, los contribuyentes que cancelen esta obligación antes del 31 de agosto, se harán acreedores a un descuento del 10% sobre el valor total del impuesto. De otro lado, entre el 1 y el 30 de septiembre, el descuento será del 5%.
Para el caso de los propietarios de vehículos que decidan cancelar entre el 1 y el 31 de octubre, tendrán que pagar el valor total del impuesto, sin ningún tipo de descuentos. Y quienes paguen la obligación a partir del 1 de noviembre, se harán acreedores a una sanción y pago de intereses de mora.
Con el ánimo de facilitar este trámite en estos momentos de aislamiento social obligatorio, la Gobernación de Casanare ha dispuesto que la liquidación del impuesto y el pago se pueda realizar en línea, ingresando a https://vehiculos.casanare.gov.co/impuesto-vehiculos.
El dato: Casanare tiene aproximadamente 34 mil contribuyentes del impuesto sobre vehículos automotores, de los cuales solo el 28% (9.520) habían cancelado esta obligación antes del ingreso de la pandemia, por lo que se espera que el 72% restante se ponga al día en las fechas establecidas por el calendario tributario.