La Procuraduría General señaló que en la investigación que se adelanta por la violación a una niña perteneciente a la comunidad indígena embera, se ordenó tramitar por separado el proceso contra siete soldados del Batallón de Artillería y el de tres suboficiales a quienes vinculó la oficina de Control Interno Disciplinario del Ejército Nacional.
El órgano de control disciplinario «avanzará en dos líneas». La primera es continuar con el expediente contra los soldados adscritos al Batallón de Artillería No. 08 ‘Batalla de San Mateo’ de la Octava Brigada, con sede en Pereira, Risaralda.
Y por otra parte, «ante la falta de razones que expliquen la vinculación al proceso del sargento viceprimero Juan Carlos Díaz Díaz, el cabo primero Camilo Hernández Martínez y el cabo tercero Jaider Muñoz García se determinó que por separado se asigne un nuevo radicado y se inicie una indagación para establecer la presunta falta disciplinaria».
El Ministerio Público señaló que ante la “necesidad de hacer una distinción acerca de la situación disciplinaria en que se podría encontrar el grupo de soldados que fueron convocados a un proceso penal y aceptaron los cargos imputados, y los tres suboficiales respecto de los cuales por ahora no se conoce la razón para ser vinculados a la indagación disciplinaria».
Luego de conocerse que imputación de cargos a siete soldados por la violación de una niña de la comunidad indígena embera fue por el delito de acceso carnal abusivo, el abogado Augusto Alfonso Ocampo Camacho, solicitó a la Procuraduría General de la Nación su intervención.
La petición del abogado es que desde la Procuraduría «se motive la solicitud de nulidad de la audiencia en la que los uniformados imputados, aceptaron su responsabilidad como autores del delito de acceso carnal abusivo con menor de 14 años».
Explica que la imputación penal contra los agresores sexuales se debía formular por acceso carnal violento agravado y que de consentir la tipificación y la condena por este delito, se estaría dejando un grave precedente, «y es que se pueda inferir hacia futuro la posibilidad de que la menor consintió un acto que a todas luces fue violento».
El abogado Augusto Alfonso Ocampo Camacho finalizó diciendo que la salida jurídica que existe es que el juez frente a la solicitud de la Procuraduría, declare la nulidad de la formulación de imputación de cargos.