El pasado 02 de septiembre el senador Iván Cepeda, a través de su abogado, recusó al fiscal general Francisco Barbosa, ante la Corte Suprema buscando que se apartara para del caso sobre falsos testigos que se adelanta en contra del expresidente Álvaro Uribe Vélez.
La acción jurídica presentada por Cepeda, quien es parte procesal en la investigación, también abarcaba a la vicefiscal Martha Yaneth Mancera.
Ante esta recusación se conoció que Barbosa en las próximas horas anunciará que no acepta la solicitud de impedimento para avanzar con las investigaciones en contra del exsenador Uribe.
De acuerdo a un documento de la Fiscalía en respuesta a la Corte Suprema, “no existe vínculo alguno entre los funcionarios recusados y el señor Álvaro Uribe Vélez”.
“Los argumentos y situaciones que expuso el abogado de Iván Cepeda no pasan de ser conjeturas y descalificaciones personales sin ningún fundamento jurídico, que se soportan en un punto de partida irrazonable: que el Fiscal General de la Nación y/o sus delegados sufrirán presiones externas indebidas y que actuarán de conformidad con ellas, más no en derecho y de acuerdo con los hechos debidamente probados”, dice la respuesta.
El auto también dice que “carece de sustento la afirmación, según la cual, el fiscal Barbosa no ha demostrado actuar con independencia respecto del presidente de la República (…) ni sus allegados” porque el Presidente de la República no es el procesado en esta investigación.
Para la Fiscalía, “es irrazonable el argumento para recusar a la Vicefiscal General de la Nación y a “los fiscales delegados” porque el planteamiento en contra de la señora Vicefiscal se basó en el hecho de que se encuentra vinculada a la entidad en un cargo de libre nombramiento y remoción. Esto es falso y desconoce que la doctora Martha Janeth Mancera es una fiscal de carrera, con más de 27 años de experiencia en la institución y que goza de estabilidad laboral en la entidad”.
Según la Fiscalía, “la solicitud de designación de un “Fiscal Ad Hoc” es improcedente. Esta solicitud carece de todo fundamento jurídico, dado que no está prevista en la Ley ni en la Constitución ni –contrario a lo que se sostiene– en ningún estándar normativo vinculante del bloque de constitucionalidad”.