Las mujeres embarazadas que se encuentren en el país de forma irregular, es decir, que sean migrantes indocumentadas o en situación irregular, también tiene derecho a la estabilidad y seguridad laboral.
Así lo determinó la Corte Constitucional, al estudiar el caso de una joven venezolana migrante, en situación irregular, que fue despedida de su empleo informal por estar en embarazo.
Ella decidió acudir a la tutela argumentando que su empleador le había violado sus derechos al trabajo y seguridad social.
Al revisar el caso, la Corte constató que, aunque se había acreditado la existencia de una relacional laboral entre ella y su empleador, éste no garantizó las condiciones para que ella tuviera un empleo digno, y concluyó que ella no podía ser sacada del empleo porque estaba embarazada y “protegida por el fuero de maternidad”
La Corte también constató que, además de ser migrante indocumentada y en embarazo, “ni ella ni su bebé pudieron acceder a la atención básica durante la maternidad (…) no recibió ningún tipo de protección por parte del Estado, lo cual, lamentablemente, perpetuó una situación de discriminación y desigualdad”.
Para la Corte, situaciones como la que esta mujer venezolana afrontó podrían repetirse por cuanto actualmente no existe una normatividad que permita a los ciudadanos extranjeros, en condición irregular, acceder a empleo en “condiciones de aseguramiento”.
“Circunstancias como las que rodean el caso, objeto de estudio, muestran que la realidad social del país es otra y que la responsabilidad primigenia en la protección de los derechos humanos debe provenir de medidas gubernamentales adecuadas que permitan garantizar de manera efectiva dichos derechos, particularmente, a quienes se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad”, dijo la Corte.
Por lo cual, la Corte señaló que es obligación de los empleadores “garantizar las condiciones laborales adecuadas a todos sus empleados”, incluyendo los migrantes en situación irregular.