Fue expedida la circular 167, en la cual estableció los lineamientos para el traslado y disposición final de cadáveres por SARS-COV (Covid-19) en el departamento de Casanare, señalando que cada ente territorial municipal debe autorizar el traslado de cadáveres entre municipios del departamento y reiterando la ruta de manejo de traslado de cadáveres para el departamento de Casanare.
Conforme a lo anterior es preciso que los involucrados en este caso: Prestadores de servicio de salud, entidades promotoras de salud (EPS), demás entidades administradoras de planes de beneficio (EAPB), empresas sociales del estado (ESE), instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS) públicas, privadas o mixtas, profesionales de la salud, autoridades policivas, judiciales y ciencias forenses, sector funerario y cementerio; apoyen y presten la colaboración en el manejo, traslado y disposición de cadáveres por Covid-19 que tengan como origen el municipio de Yopal y como destino los municipios del departamento de Casanare.