Por unanimidad, la Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia negó la solicitud de nulidad presentada por la defensa del exgobernador de Santander, Richard Aguilar por actos de corrupción durante su administración.
En la decisión se indica que no existen argumentos jurídicos para que el proceso penal cambie de radicación. Debido a esto se continuará con la presentación del escrito de acusación ante la Corte Suprema de Justicia.
“El privilegio no puede llegar al extremo de que ese ejercicio libre torne nulo lo actuado en el sistema anterior. Si al optar por la vía de la Ley 600, lo actuado se tuvo por constitucional, legal, válido, esa situación no puede mutar en inconstitucional, ilegítima, inválida por la sola circunstancia de que el sujeto pasivo de la acción penal decide cambiar de sistema procesal”, señala uno de los apartes del fallo.
En el debate jurídico se recuerda que durante la indagatoria que rindió Aguilar ante la Corte decidió, de manera libre y voluntaria, escoger el procedimiento de la ley 906 del 2004. El hecho que hubiese renunciado al fuero no influye en el cambio del juez natural ni del sistema procesal, por lo que “no puede constituirse en argumento jurídico para anular lo actuado previamente”.
Recuerda que todo el proceso contra Aguilar ha estado velado por las garantías procesales. “Lo actuado al amparo de la ley 600 de 2000 cumplió los presupuestos que, para la imputación y la imposición de medida de aseguramiento se reglan en la ley 906 de 2004”, hecho por el cual no hay méritos para declarar la nulidad.
La defensa de Aguilar sostenía que su cliente vivía una situación muy parecida a la del expresidente Álvaro Uribe Vélez. Sin embargo, la Corte determinó que existe una gran diferencia y por lo tanto el exgobernador no puede ser acusado ante un juez de conocimiento ni se puede plantear un debate frente al hecho que tiene la calidad de imputado.
“Cabe aclarar que la Sala en modo alguno señala un actuar doloso, culposo o de mala fe. No. Por el contrario, ha insistido en que la decisión de mudar el procedimiento, es un claro ejercicio de los derechos de la parte”, precisa uno de los apartes de la decisión de 26 páginas.
La Fiscalía General lo llamó a juicio por los delitos de concierto para delinquir, contrato sin cumplimiento de requisitos legales, interés indebido en celebración de contratos y peculado por apropiación.
En la acusación se indica que en su Gobernación (2012-2015) se montó una «empresa criminal» para la entrega de contratos de infraestructura a cambio de millonarias comisiones.
En seis contratos identificados, Aguilar habría movido sus influencias para que beneficiara a sus amigos, familiares, y todo aquel que se hubiese comprometido a entregarle la comisión que tanto exigía.
- Reforzamiento estructural del estadio de fútbol y adecuación de piscinas y del Coliseo Vicente Díaz Romero, suscrito en febrero de 2014, y cuyo valor superó los 15.278 millones de pesos. Además, el contrato de interventoría y una adición reconocida por más de 6.700 millones de pesos.
En este contrato el exgobernador Aguilar Villa habría recibido dádivas por 2.300 millones de pesos. De igual manera, hay indicios de que permitió a terceros apropiarse de 7.683 millones de pesos.
- Mejoramiento, rehabilitación y pavimentación del Corredor Agroforestal y Energético, celebrado en diciembre de 2014. Este contrato fue entregado a la Unión Temporal Promesa Sociedad Futura Unidos por Santander S.A.S, de la que era empleado el primo hermano del papá del exmandatario.
- Suministro de raciones alimentarias para estudiantes de colegios oficiales de 82 municipios del departamento. Contrato del Plan de Alimentación Escolar (PAE) suscrito en agosto de 2014.
- Obras en el corredor vial San Gil – Charalá (Santander), celebrado en septiembre de 2014.
- Construcción del tercer carril de la vía Bucaramanga – Floridablanca (Santander), suscrito en septiembre de 2014.
De ser avalada la petición de la defensa el exgobernador podría pedir nuevamente su libertad como ha pasado en otros casos.