“Llegó diciembre con su alegría” y como es lógico también es común que muchos estrenen a todo dar sus nuevos equipos y minicomponentes, donde no se guardan nada para probar el sonido.
Sí, resulta muy frecuente escuchar en las calles de los barrios de las principales ciudades de Colombia en casas y apartamentos música a todo volumen.
Esto –como es lógico– no es agradable para todos los vecinos de una comunidad, bien sea porque tienen niños pequeños, algún enfermo o un adulto mayor, una situación que puede tornarse engorrosa.
Por eso, si usted es el vecino ruidoso o es quien debe soportar el escándalo con música a todo volumen, tome nota tanto a las sanciones que puede recibir o qué puede hacer si debe aguantarse el ruido, respectivamente.
Qué hacer cuando se tiene un vecino ruidoso
Si usted es de quienes debe aguantarse el alto volumen del equipo de sonido de su vecino en un 7 de diciembre, Navidad o Año Nuevo, el Código de Policía tiene varias medidas que lo amparan frente a dicha mala conducta.
Como primera medida, usted debe intentar persuadir a su vecino con un diálogo que lleve a un acuerdo. Si no fue posible la concertación, lo que sigue es acudir al comité de convivencia de su edificio o junta de acción comunal.
En qué momento llamar a la policía por vecino ruidoso
En caso de no lograr ni el acuerdo ni la intervención de la administración de un conjunto o junta de acción comunal, se puede llamar directamente a la línea de emergencias 123 o acudir directamente a una estación de Policía.
Allí se puede notificar a las autoridades de lo que viene sucediendo. Luego, los policías buscarán un acercamiento con la persona infractora.
De ningún modo la Policía Nacional tiene permitido el ingreso a la vivienda del vecino ruidoso para decomisar el equipo de sonido.
Qué hacer si usted es el vecino ruidoso y le ‘cae’ la Policía
Tenga en cuenta que en caso de no bajarle el volumen a la rumba –si usted es el vecino parrandero– se puede hacer acreedor de una multa a la luz del Código de Policía.
Según las tarifas establecidas en el Código de Policía, la multa en 2021 para un vecino ruidoso es de $393.000. Tenga en cuenta que, aunque los uniformados no pueden entrar a la vivienda, sí pueden pedir desactivar temporalmente la energía eléctrica que sirve a la fuente del ruido si el infractor se niega a desactivarlo.
Qué hacer en caso de la multa
En caso de recibir el comparendo a la luz del Código de Policía por hacer ruido en el vecindario, usted puede hacer una apelación de la medida tomada por las autoridades. Debe presentarse en los tres días siguientes ante el inspector de policía de su jurisdicción para poder hacer la petición.
De ahí, el inspector tomará la decisión en las siguientes 72 horas para establecer si debe o no pagar el comparendo.
Artículo 33 del Código de Policía. Comportamientos que afectan la tranquilidad y relaciones respetuosas de las personas.
Los siguientes comportamientos afectan la tranquilidad y relaciones respetuosas de las personas y por lo tanto no deben efectuarse:
1. En el vecindario o lugar de habitación urbana o rural: Perturbar o permitir que se afecte el sosiego con: a) Sonidos o ruidos en actividades, fiestas, reuniones o eventos similares que afecten la convivencia del vecindario, cuando generen molestia por su impacto auditivo, en cuyo caso podrán las autoridades de policía desactivar temporalmente la fuente del ruido, en caso de que el residente se niegue a I desactivarlo; I b) Cualquier medio de producción de sonidos o dispositivos o accesorios o I maquinaria que produzcan ruidos, desde bienes muebles o inmuebles, en cuyo ¡ caso podrán las autoridades identificar, registrar y desactivar temporalmente la ¡- fuente del ruido, salvo sean originados en construcciones o reparaciones en horas permitidas; j c) Actividades diferentes a las aquí señaladas en vía pública o en privado, 1 cuando trascienda a lo público, y perturben o afecten la tranquilidad de las ¡ personas. ¡
2. En espacio público, lugares abiertos al público, o que siendo privados I trasciendan a lo público: I a) Irrespetar las normas propias de los lugares públicos tales como salas de ¡- velación, cementerios, clínicas, hospitales, bibliotecas y museos, entre otros. b) Realizar actos sexuales o de exhibicionismo que generen molestia a la I comunidad. c) Consumir sustancias alcohólicas, psicoactivas o prohibidas, no autorizados para su consumo. » d) Fumar en lugares prohibidos. ‘¡ e) Limitar u obstruir las manifestaciones de afecto y cariño que no configuren actos sexuales o de exhibicionismo en razón a la raza, origen nacional o familiar, orientación sexual, identidad de género u otra condición similar.