Luego de conocerse los resultados de las elecciones legislativas, donde los colombianos eligieron al nuevo Congreso que estará en el período entre 2022 al 2026, salieron muchas dudas al respecto.
Cabe destacar que el domingo 13 de marzo, el Pacto Histórico fue el que tuvo más votos con 5.806.278, el segundo lugar lo ocupó Equipo por Colombia con 4.142.937 votos y finalmente Coalición Centro Esperanza que tuvo 2.286.473.
Asimismo, la conformación del Senado quedó de la siguiente manera: Pacto Histórico con 16 curules, Partido Conservador con 16, Partido Liberal con 15, Alianza Verde Centro Esperanza con 14 al igual que el Centro Democrático, Cambio Radical con 11, Partido de la U con 10, Mira, Colombia Justa Libre con 4, Mais con 1 al igual que Aico.
Ahora bien, según elartículo 21 de la Ley Estatutaria 1475 de 2011 “El Estado contribuirá al financiamiento de las consultas mediante el sistema de reposición de gastos por votos obtenidos. Los partidos y movimientos políticos podrán solicitar anticipos para estas consultas de acuerdo con la reglamentación que expida el Consejo Nacional Electoral”.
Esto quiere decir que el Estado le girará un monto determinado en modo de ‘compensación’ por todo lo que se invirtió durante la campaña.
Digamos, el 13 de marzo votaron 38. 819. 901 de colombianos y si el umbral se posiciona en 1.164.597 votos, es decir, el 3 % de la votación total, para que el Estado les otorgue la ayuda económica los candidatos deben haber obtenido 582.298 votos o más.
La operación fue la siguiente: A la cantidad de ciudadanos se le sacó el 3% para que diera la cantidad de votos que fueron 1.164.597 y a este valor se le divide por 2. Y así se obtienen esos 582.298 para recibir el aporte económico.
Se aclara que, según la Resolución 0227 del 2021, se impuso que para este 2022 el valor de cada voto será de $6.140.
Por ejemplo, si el candidato tuvo 100.000 votos en una lista donde recibió el apoyo de más de 400.000 votos, podría recibir $614.000.000.
Por otra parte, en el mismo artículo 21 se especifica que también hay financiamiento para las campañas electores, de esta manera:
En las elecciones para corporaciones públicas tendrán derecho a financiación estatal, cuando la lista obtenga el 50 % o más del umbral determinado para la respectiva corporación.
En las elecciones para gobernadores y alcaldes, cuando el candidato obtenga el 4 %o más del total de votos válidos depositados en la respectiva elección. la financiación estatal de las campañas electorales incluirá los gastos realizados por los partidos y movimientos políticos y/o los candidatos.