La Personería Municipal de Yopal, informa que mediante Circular No. 001 de 2023, abrió inscripciones para las organizaciones interesadas en hacer parte del proceso de elección para la conformación de la Mesa Municipal de Participación Efectiva de Víctimas de Yopal, periodo 2023 -2027.
Para iniciar el proceso de inscripción, cuyo plazo vence el 31 de marzo de 2023, el representante legal de la organización debe diligenciar en su totalidad el formulario de Organización de Víctimas – OV o el de Organización Defensora de Víctimas – ODV, que se puede descargar en la página web de la Personería Municipal http://www.personeriamunicipalyopal.gov.co/.
La documentación requerida debe ser radicada de forma presencial en la ventanilla única de atención de la entidad, ubicada en la carrera 25 N.º 12- 25, barrio Libertador, en horario comprendido de 8:00a.m. a 12:00 del mediodía y de 2:00p.m. a 5:00p.m.
Requisitos Organizaciones de Víctimas (OV).
– Formulario de inscripción.
– Documento de identidad.
– Acta de constitución de la organización de víctimas.
Recuerden: deberán demostrar mínimo un (1) año de constitución al momento de su inscripción y acreditar que durante el último año han desarrollado trabajo, intervenciones o acciones en el municipio que pretenden representar.
A su vez, los postulados de las organizaciones de víctimas, para ser miembros de las Mesas de Participación Efectiva de las Víctimas deben cumplir los siguientes requisitos:
– Estar inscrito en el Registro Único de Víctimas (RUV).
– Haber sido postulado por una Organización de Víctimas (OV)en el nivel municipal.
-Cumplir con la debida idoneidad para representar un hecho victimizante o un enfoque diferencial.
– Estar domiciliado y ser residente en el respectivo ámbito territorial que desea representar.
-No tener antecedentes penales, ni disciplinarios, con excepción de delitos políticos o culposos.
Requisitos organizaciones defensoras de los derechos de las víctimas (ODV).
-Documento que certifique la existencia y representación legal de la organización con sede en el municipio de la inscripción.
-Acreditar trabajo en territorio, el cuál debe estar debidamente documentado.
Contar con al menos dos (2) años de organización y una estructura definida.
A su vez, los postulados de las Organizaciones Defensoras de los Derechos de las Víctimas, para acompañar a las Mesas de Participación Efectiva de Víctimas, deben cumplir los siguientes requisitos:
-Ser miembros de una ODV plenamente constituida (presentar estatutos protocolizados ante la Cámara de Comercio del lugar donde se postula).
– Oficio de delegación debidamente suscrito por el representante legal de la ODV.
-Certificación de vinculación a la organización.
Cualquier inquietud sobre este tema, pueden consultar al correo electrónico derechos humanos @personeriamunicipalyopal.gov.co y/o a través de la línea telefónica 3213075889.