El Consejo de Estado mantuvo la investidura como congresistas de los senadores Armando Benedetti y Roy Barreras.
La sala especial de decisión de perdida de investidura del Alto Tribunal, con ponencia del magistrado Guillermo Sánchez, negó una demanda que pedía sacar a los congresistas del legislativo.
La demanda decía que los congresistas habían violado el régimen de conflicto de intereses al separarse de las decisiones adoptadas por la bancada del Partido de la U -por el que fueron elegidos- y manifestarse públicamente en contra esa colectividad.
“Aunque los congresistas renunciaron a esa organización, siguieron ocupando la curul y, con ello, defraudaron los intereses del partido, los postulados políticos que los llevaron al Congreso y a los electores que votaron por ellos”, decía la demanda que se presentó al Consejo de Estado.
El Consejo de Estado determinó que esos argumentos no reunían los requisitos suficientes para decretar la perdida de investidura contra los congresistas.
“No se reunieron los presupuestos objetivos de la causal de desinvestidura de violación al régimen de conflicto de intereses, no hay lugar a hacer el juicio de reproche subjetivo a la conducta de los congresistas”, se lee en la decisión.
En otras palabras, el Consejo de Estado concluyó que la actuación de Barreras y Benedetti no constituía una falta al régimen de conflicto de intereses.
“Esta situación anómala, tal como lo conceptuó el Ministerio Público, no configura una infracción al régimen de conflicto de intereses, como actualmente está previsto en los artículos 182 y 183.1 CN y la LOC -reformada por Ley 2003 de 2019-. En otras palabras, esta situación irregular no se subsume en la causal de pérdida de investidura invocada por el solicitante”, advierte la decisión del Consejo de Estado.
Sin embargo, el Alto Tribunal señaló que los congresistas sí “violaron el régimen de bancadas” por lo que fueron expulsados del partido de la U.
El Consejo de Estado también recordó que los congresistas “infringieron el artículo 2 de la Ley 1475 de 2011, en cuanto ordena que los candidatos elegidos por un partido deben mantenerse en esa organización durante el ejercicio de su curul”.
Sobre ese comportamiento, el Consejo de Estado advirtió que “esta situación se opone al normal funcionamiento del sistema democrático, en la medida en que pugna con el régimen de los partidos políticos y el régimen de bancada, que cobija a los miembros de las corporaciones de elección popular”.