El Alcalde del Municipio de Yopal emitió el decreto 264, en uso de sus facultades Constitucionales y Legales, en especial las conferidas por los artículos 2, 49, 314 y 315 de la Constitución Política, donde imparte instrucciones para seguir cumpliendo con los protocolos de bioseguridad y así, mitigar el Covid-19 en la ciudad.
Para el mes de noviembre se permitirá la circulación para los consumidores y/o usuarios de productos, bienes y servicios, según el último dígito de la cédula de ciudadanía en el horario comprendido entre 5 a.m. hasta las 10 p.m.
Las personas con el último dígito de cédula par, podrán movilizarse los días calendario pares y, las personas con el último dígito de cédula de número impar, podrán transitar los días calendario impar.
Los ciudadanos que sean usuarios o demanden servicios relacionados con la salud, medicamentos, dispositivos médicos y demás productos farmacéuticos, no están sujetas a la medida de pico y cédula
Se decreta toque de queda en Yopal, como acción transitoria de policía para prevención del riesgo de contagio y/o propagación del Covid-19, en el horario comprendido entre las 10 p.m. a las 5 a.m. del día siguiente, desde el día 1 hasta el 30 de noviembre de 2020.