La plenaria de la Cámara de Representantes aprobó, en su totalidad, la reforma tributaria, que reemplazará a la Ley de Financiamiento que tumbó la Corte Constitucional.
Durante esta sesión, los congresistas discutieron y votaron 16 artículos que ya venían en la ponencia, a lo que se sumaron 8 artículos nuevos y se reabrieron 11.
En total, el texto cuenta con 158 artículos, en los que se establecen beneficios fiscales para personas jurídicas y naturales, así como el cobro de algunos impuestos nuevos, que empezarán a regir a partir del primero de enero del 2020.
La plenaria aprobó el paquete social incluído en la reforma tributaria, que contempla los tres días sin IVA, la devolución de este impuesto a las familias de bajos ingresos y la reducción de los aportes a la salud para los pensionados.
En este punto se estableció que los pensionados que reciban un salario mínimo tendrán una tarifa del 8% para el 2020 y llegará al 4% en 2020.
Para los pensionados que ganen entre 1 y 2 salarios mínimos se estableció una tarifa del 10%. También se aprobó el descuento a capitales, que permite a las empresas importar maquinaria y aplicar una deducción del IVA que pagan.
Uno de los artículos que más discusión generó fue el 81, en el que se permite una deducción en la declaración de Renta del impuesto de industria y comercio (ICA), para las empresas, lo que le costará a la Nación, según Fedesarrollo, 500 mil millones de pesos anuales.
Además, quedó en firme la reducción de la tarifa de renta para las empresas que pasará al 32% el próximo año, luego llegará al 31% en el 2021 para finalmente quedar en el 30% en el 2022.
Igualmente, se aprobaron los beneficios tributarios para las mega inversiones, con la condición de generar 400 empleos nuevos y directos.
Las mega inversiones de sector tecnológico y comercio electrónico tendrán que generar mínimo 250 empleos directos. Los impuestos que introduce la Tributaria.
En el proyecto de ley también se aprobó el pago de un impuesto de salida aérea, en el que se contempla que «los nacionales y extranjeros, residentes o no en Colombia, que salgan del país por vía aérea, cancelarán el valor correspondiente a un dólar de los Estados Unidos de América, o su equivalente en pesos colombianos, al momento de la compra del tiquete aéreo», indica el texto.
Y las personas que ingresen al país, por vía aérea deberán pagar 15 dólares adicionales, en el tiquete aéreo.
Adicionalmente, se dió luz verde al cobro de una contraprestación por uso comercial y turístico de playas y terrenos de bajamar, que tendrán que asumir las empresas que posean permisos, licencias o concesiones.
Se dejó en firme la sobretasa al sector financiero, el impuesto al patrimonio y el cobro de un IVA plurifásico en gaseosas y cervezas.
En cuanto a la retención en la fuente se aumentó el tope para realizar este cobro, que tendrán que asumir las personas que tengan un ingreso neto de 3 millones 200 mil pesos.
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