El empresario deberá regresar a prisión domiciliaria.
RCN Radio conoció en primicia que el juez 38 de conocimiento ordenó revocar la libertad condicional que gozaba desde el 28 de diciembre pasado el empresario Guido Alberto Nule Mariño, condenado por el ‘carrusel de la contratación’ en Bogotá.
En el fallo, el juzgado avaló los argumentos presentados por la Procuraduría General, indicando que Nule Mariño no contaba con los requisitos para ser beneficiado con la libertad.
En el análisis jurídico, el juez señaló que el empresario no ha pagado la multa de 10.043 millones de pesos impuesta en su contra en la sentencia en la que fue condenado a siete años y cinco meses de prisión el delito de peculado por apropiación, situación que no puede aceptarse.
«El sentenciado no ha mostrado su intención de reintegrar las cuantiosas sumas de las que se apropió ilícitamente en asocio criminal con los demás sentenciados y pasar por alto esta situación, significa aceptar que quienes han incurrido en conductas de corrupción en detrimento del patrimonio del Estado», precisa el fallo.
Igualmente agrega que los condenados «simplemente afrontan la imposición de una pena y una vez acceden a beneficios como el deprecado, siempre van a quedarse con el dinero que indebidamente obtuvieron por sus actividades al margen de la ley y el Estado tiene que responder a costa de los contribuyentes y de la ciudadanía en general, los rubros destinados a la contratación pública de mejoramiento de la infraestructura».
Debido a esto ordenó que retorne a la prisión domiciliaria para que cumpla su sentencia por los hechos del ‘carrusel’.
«Si el sentenciado no retorna voluntariamente a su domicilio, el Sr. juez ejecutor librara la correspondiente orden de captura para que hacer cumplir la presente determinación (sic)», precisó.
Nule Mariño fue sentenciado por las irregularidades que se presentaron en la celebración y ejecución de los contratos 137 de 2007 y 72 de 2008 para la reparación de la malla vial en Bogotá y la construcción de uno de los tramos de TransMilenio por la Calle 26.
Citó las decisiones emitidas por la Corte Suprema de Justicia por los delitos relacionados con la administración pública y los dineros del Estado, ordenándole a todas las autoridades judiciales tomar medidas más drásticas en este tipo de casos.
El funcionario judicial cuestionó el fallo emitido en diciembre de 2018 por el juzgado cuarto de ejecución de Barranquilla que consideró que Nule ya había firmado los compromisos para reparar a las víctimas acreditadas y pagar la multa impuesta.
En este punto indicó que se confundió el «concepto de reparación integral de las víctimas con el de condena en perjucios a la que debe procederse dentro del trámite incidental».
«Avalar la determinación adoptada en primer grado es equivalente a invalidad las repercusiones de las decisiones judiciales ante los miembros de la comunidad que entenderían como insignificante la represión punitiva establecida, porque concluirían que las penas impuestas por estos ilícitos no se materializan de manera efectiva y así, nada limitaría la posibilidad de vulnerar la ley», precisó.
Guido Nule fue sentenciado tras reconocer el pago de millonarios sobornos para resultar beneficiados con la entrega de contratos viales durante la administración de Samuel Moreno Rojas.