Este sábado inició el calendario electoral para las elecciones presidenciales en Colombia, por lo que hasta el próximo 11 de marzo, los partidos y movimientos políticos, coaliciones, grupos significativos de ciudadanos y comités promotores del voto en blanco, deberán realizar la inscripción formal de sus candidatos a la Presidencia y Vicepresidencia de la República.
La Registraduría Nacional del Estado Civil estableció el protocolo de inscripción de candidaturas que deberá hacerse de manera presencial y guardando todos los protocolos de bioseguridad para evitar el contagio del covid-19.
De igual modo, estableció que «los candidatos o sus gerentes de campaña deberán agendar una cita para llevar a cabo la formalización de la inscripción ante la autoridad electoral competente».
Las solicitudes deberán tramitarse únicamente a través del correo electrónico [email protected], con copia al correo [email protected].
También se conoció que el Registrador Nacional del Estado Civil o el registrador delegado en lo Electoral, son los únicos que están habilitados para recibir y verificar los requisitos para la inscripción de la candidatura presidencial.
En ese sentido, se estableció que a través del portal web del Sistema Integral de Capacitación Electoral (Sice), https://www.registraduria.gov.co/-Sistema-Integral-de-Capacitacion-Electoral-, se podrán revisar los requisitos para la inscripción de las candidatos.
Finalmente, la Registraduría informó que hasta el viernes 4 de febrero se podrán inscribir los precandidatos de las diferentes coaliciones podrán inscribirse para las consultas que se realizarán el domingo 13 de marzo para escoger el candidato definitivo a las elecciones presidenciales del 29 de mayo.
Para evitar que los muertos voten
La Registraduría Nacional del Estado Civil informó también que los colombianos podrán consultar si las cédulas de sus familiares que fallecieron en los últimos años, todavía están habilitadas en el censo electoral.
«En medio del desarrollo de la depuración del censo electoral, la Registraduría Nacional estableció el link Consulta defunciones en la página web www.registraduria.gov.co, en el que los colombianos podrán verificar si las cédulas de sus familiares fallecidos aún se encuentran vigentes en el Archivo Nacional de Identificación (ANI)», señaló la entidad.
Adicionalmente, la Dirección Nacional de Registro Civil habilitó el correo electrónico [email protected] para que los familiares de los difuntos, envíen el registro civil de defunción, con el objetivo de validar la legalidad del documento y adelantar el tramite de cancelación de la cédula de ciudadanía.
“Están en el deber de denunciar la defunción: el cónyuge sobreviviente, los parientes más próximos del occiso, las personas que habiten en la casa en que ocurrió el fallecimiento, el médico que haya asistido al difunto en su última enfermedad y la funeraria que atienda su sepultura”, apartes del artículo 74 del decreto 1260 de 1970.