La Oficina Asesora de Planeación en cumplimiento de las normas urbanísticas y las órdenes impartidas dentro de la Acción Popular 2015-323, en sentencia proferida por el Consejo de Estado de fecha 15 de noviembre de 2019, conmina al Municipio de Yopal en el numeral 3.1 ítem 3.1.1 lo siguiente:
“3.1.1 Hacer cesar toda nueva construcción en situación de infracción al ordenamiento jurídico que se realice en el sector La Pedrera de la Vereda Picón Arenal del Municipio de Yopal y utilizar, si es necesario, la Fuerza Pública y los recursos materiales estatales para reforzar la suspensión y cuando a ello tenga que acudirse, la pertinente demolición de las obras de quienes persistan en desconocer la prohibición legal y judicial” (..)
Por lo anterior, se le informa a la ciudadanía en general, que se abstengan de realizar toda actividad de publicidad, promoción, compra y venta de lotes bajo ninguna modalidad, así mismo la parcelación, urbanización, ocupación y construcción de viviendas en el sector de la Pedrera Vereda Picón, toda vez que los proyectos urbanísticos que allí se desarrollan actualmente se encuentran ubicados en zona rural, de acuerdo con el Plan de Ordenamiento Territorial( Acuerdo 024 de 2013), no cuentan con disponibilidad de servicios públicos domiciliarios, licencias de construcción aprobadas y permisos requeridos por la autoridad competente.
Dado en Yopal a los 04 días del mes de junio de 2020.