El proyecto de ley determina que el orden de los apellidos de un recién nacido, sea por consenso entre ambos progenitores, y su primer apellido no sea exclusivo el del padre.
Esta iniciativa, que pasó su primer debate en la Cámara de Representantes, deroga la ley 54 de 1989 y se establecen nuevas reglas para determinar el orden de los apellidos de los recién nacidos.
Los autores del proyecto de ley, María José Pizarro de la lista Decentes y Juan Fernando Reyes Kuri, del Partido Liberal, señalan que este proyecto hace un reconocimiento a la maternidad por el acto de dar vida.
Por sorteo
El proyecto de ley establece que si no existe consenso entre los padres para determinar el orden de los apellidos de un recién nacido, un funcionario como el notario o registrador de un municipio, puede realizar un sorteo y determinar cuál de los dos apellidos irá primero en el nombre del niño.
«Es imposible poner el apellido primero de la madre, así haya consenso, por la legislación que rige actualmente en Colombia. Este proyecto de ley surge en la necesidad de hacer un reconocimiento de la maternidad como el inmenso esfuerzo que hacemos las mujeres al reproducir la vida, nuestro rol de crianza y cuidado«, señaló la congresista Pizarro.
«Si existe un divorcio entre las parejas, las mujeres son en su gran mayoría las que continúan con la crianza de los niños. En definitiva lo que se busca con este proyecto de ley es que las parejas de común acuerdo puedan establecer el orden de los apellidos», explicó Pizarro.
La iniciativa tuvo una aprobación por unanimidad y pasa a la plenaria de la Cámara de Representante para que surta su segundo debate de los cuatro que se deben tramitar para que sea ley de la República.