Luego de una semana, se conoció el comunicado oficial con respecto a la decisión tomada por la Corte Constitucional que dejó en firme las potestades de la Procuraduría para investigar, acusar y sancionar, pero que estableció que las decisiones deberán ser aprobadas por un juez administrativo.
En el documento, se explican algunos puntos desconocidos hasta ahora del fallo de la Sala Plena, como por ejemplo, la orden que le dio el tribunal al Congreso para que tramite y regule un estatuto especial disciplinario para los elegidos por voto popular.
Para los magistrados, debe ser el poder legislativo el que establezca las normas para que los servidores elegidos por voto popular tengan garantías para sus derechos políticos.
«La corporación consideró que corresponde al Congreso de la República realizar las adecuaciones normativas e institucionales necesarias para dotar a los servidores públicos de elección popular de un estatuto, que garantice el ejercicio de la representación democrática», explica el documento.
Además, el comunicado resalta que, durante la discusión, la Sala Plena detectó que, en los casos en los que la Procuraduría tome determinaciones contra funcionarios, el señalado debe presentar un recurso para que la justicia revise la decisión, es decir, la intervención judicial es rogada.
En este sentido, la Corte determinó que la acción de los jueces debe ser automática, por lo que ahora no deberá demandarse la decisión de la Procuraduría para que sea revisada por un juez.
«Por ministerio de la ley, opera su trámite automático inmediato y en todo caso, el ciudadano disciplinado podrá ejercer todas las actividades procesales que estime pertinentes a su defensa, como si se tratara del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho», concluye el comunicado.
La Corte aún no ha hecho público el documento de la sentencia, por lo que la Procuraduría está a la espera de que se conozca la decisión completa para pronunciarse al respecto.