El Consejo de Estado admitió la demanda contra decreto del presidente Gustavo Petro, que avaló el día cívico el pasado 19 de abril. El demandante alega que el mandatario no tenía competencia para esa declaratoria.
«Por ajustarse a las formalidades previstas en los artículos 162 a 166 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), se admite la demanda, en ejercicio del medio de control de nulidad, de conformidad con el artículo 137 del CPACA, instaurada por el señor Germán Calderón España, tendiente a obtener la declaratoria de nulidad, previa suspensión provisional, de los efectos del Decreto núm. 0500 de 18 de abril de 2024, “Por el cual se declara un día cívico», se lee en el documento.
Cabe destacar que ese mismo 19 de abril, el Consejo de Estado recibió una demanda contra el decreto emitido por el presidente Gustavo Petro, que declaró el ese día como cívico, con el objetivo de cuidar los recursos naturales.
El demandante es Germán Calderón España, quien alega que para esta declaración de un día cívico o un día religioso conmemorado a nivel nacional, primero debe surtirse un debate en el Congreso de la República, para que se reglamenten los efectos de esta conmemoración.
“Ni el Presidente de la República, ni sus ministros, pueden crear un día festivo de carácter civil o religioso en Colombia, máxime cuando existe la Ley 51 de 1983, la cual podrá ser modificada solamente a través de un ley del Congreso de la República”, dice el documento radicado en ese tribunal.
Así mismo, Calderón argumentó que el poder Ejecutivo no tiene la competencia para tomar esa determinación, pues recalca que en el Estado de Derecho no existen competencias aparentemente implícitas, debido a que se generaría que cualquier autoridad pública se atribuya facultades según sea la voluntad.
Para Calderón, el decreto del día cívico no representa una conmemoración genérica, sino que “realmente está declarando como un día festivo el tercer viernes de cada abril, en adelante, por adoptarse sin la competencia para ello”.
Por tal motivo, se solicitó que el Consejo de Estado que decrete medidas cautelares, con el objetivo de suspender provisionalmente el acto administrativo, mientras ese tribunal avanza en la discusión para tomar una decisión de fondo.