El Consejo de Estado rechazó la suspensión provisional solicitada por el abogado Héctor Carvajal a la decisión de la Sala de Consulta de ese tribunal que reconoció la competencia del CNE para adelantar una investigación contra el presidente Gustavo Petro por presunta violación de topes electorales.
La decisión fue tomada en el marco del caso que ya fue admitido por ese tribunal, pues se trata de la tutela interpuesta contra la Sala de Consultas del mismo tribunal, en la que se alega que el proceso del CNE vulnera varios derechos del mandatario, incluyendo su fuero especial constitucional, el debido proceso y el derecho a un juez natural.
Según el presidente, la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes es el único organismo competente para investigarlo y en su caso, sancionarlo. En su tutela, Petro sostiene que la atribución de competencia al CNE por parte de la Sala de Consultas fue un «abuso».
«Mediante la cual en abuso y/o extralimitación de funciones y de forma arbitraria, ordenó al Consejo Nacional Electoral (CNE) seguir adelante investigando al presidente de la República, en sede administrativa, aduciendo falta de fuero frente a la actuación que allí se sigue”, señala uno de los apartes del documento.
El Consejo de Estado vinculó al CNE y a la Comisión de Acusación del Congreso, pues los consideró clave en el conflicto de competencias sobre la investigación de las violaciones en la financiación de la campaña a la Presidencia en 2022.
El presidente Gustavo Petro ha criticado la decisión de la Sala de Consultas, pero el Consejo de Estado ha aclarado que si bien el CNE tiene competencia para investigar la financiación de campañas presidenciales, solo la Comisión de Acusación del Congreso puede iniciar procesos que conlleven la pérdida de cargo del presidente.
En el documento, Carvajal sostiene que la Sala de Consulta del Consejo de Estado se atribuyó competencias que no posee, por lo que consideró que al no declararse impedida para pronunciarse de fondo, esa sala se inmiscuyó en asuntos ajenos a sus potestades.
«Aunque se atribuyó una competencia que no tenía, en la parte resolutiva de su decisión, dispuso a quienes les correspondía distintas competencias, jurisdiccional y administrativa, cuando debió inhibirse para ello. Situación que llevó a la Sala a inmiscuirse en asuntos ajenos a su competencia», agregó la tutela.
El Consejo de Estado ahora deberá avanzar en el estudio de los argumentos para tomar una decisión de fondo con respecto a si el pronunciamiento de la Sala de Consulta no tiene validez como argumenta el abogado del presidente Petro.
Fuente: Sistema Integrado de Información – RCN Radio – Diego Espitia