El Consejo de Estado suspendió temporalmente el decreto con el que el presidente Gustavo Petro asumió el control y regulación de los servicios públicos.
La decisión del alto tribunal se debió a una demanda presentada por dos ciudadanos que alegaban la irregularidad de la expedición del documento, pues el Gobierno Nacional no respetó el plazo de quince días previos a que entre en funcionamiento la decisión, para que la partes involucradas presentaran sus opiniones.
Este fue uno de los argumentos que, para el Consejo de Estado, era cierto: “Las autoridades administrativas demandadas incumplieron el deber de dar a conocer a los asociados, cuando menos con quince (15) días calendario de anticipación, el proyecto de regulación que sirvió de sustento al acto administrativo acusado, vulnerando así el derecho a que los ciudadanos o grupos de interés tuvieran la posibilidad de presentar sus opiniones”, señala la decisión del tribunal.
La Sección Primera de la Sala del Contencioso Administrativo, recordó que el Presidente de la República tiene la potestad de supervisar la imposición de tarifas para los servicios, pero recordó que eso lo debe hacer a través de la Superintendencia de Servicios Públicos.
“Guardan relación directa con la fijación de las políticas generales de administración y control de eficiencia de estos, y con el ejercicio, por medio de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, de todo lo concerniente al control, inspección y vigilancia de las entidades que los presten”, argumenta el Consejo de Estado.
En este sentido, el tribunal consideró que por disposición de la Constitución, el Presidente no tiene la capacidad para asumir estas funciones, pues no se encuentran en el marco jurídico colombiano.
Por esto, la Sala impuso medidas cautelares urgentes provisionales mientras estudia y resuelve de fondo la demanda presentada contra la determinación presidencial. Con estas medidas el Consejo de Estado suspendió temporalmente el decreto con el que el presidente Gustavo Petro asumió el control y regulación de los servicios públicos.
Ante la decisión, la Asociación Nacional de Servicios Públicos aseguró que la determinación del Consejo de Estado no entra en funcionamiento hasta que no se conozca el fallo final, por lo que ratificó que seguirá cumpliendo con sus funciones.