Acatando las disposiciones del Gobierno Nacional, descritas en el Decreto 531 de 2020, el Gobernador de Casanare decreta la continuidad del aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas que habitan el Departamento, desde las cero horas del 13 de abril hasta el 27, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del coronavirus COVID-19.
Mediante el Decreto 0127 de 2020, expedido por el Gobierno Departamental, se socializan las 35 excepciones contempladas para garantizar el derecho a la vida y a la salud, durante esta crisis sanitaria, por lo cual se permitirá la circulación de personas únicamente en los casos que se relacionan en el acto administrativo, dentro de los que se incluyen:
-Asistencia y prestación de servicios de salud.
-Adquisición de bienes de primera necesidad-alimentos, bebidas, medicamentos, dispositivos médicos, aseo, limpieza y mercancías de ordinario consumo de la población.
-Desplazamiento a servicios bancarios, financieros, de operadores de pago y notariales.
-Asistencia y cuidado a niños, niñas y adolescentes, personas mayores de 70 años, con discapacidad y enfermos con tratamientos especiales que requieren asistencia de personal capacitado.
– Por causa de fuerza mayor o caso fortuito.
Adicionalmente, se prohíbe el consumo de bebidas embriagantes en espacios abiertos y establecimientos de comercio, en las mismas fechas y horarios determinados para la declaratoria del aislamiento obligatorio. Se aclara que no queda prohibido el expendio de estas bebidas.
La violación e inobservancia de las presentes medidas, darán lugar a la sanción penal prevista en el Artículo 368 del Código Penal y a las multas contempladas en el Artículo 2.8.8.1.4.21 del Decreto 780 de 2016, o la norma que sustituya, modifique o derogue.