La Corte Constitucional aseguró que la Policía Nacional deberá garantizar el derecho a la educación de sus miembros y por lo tanto analizará los traslados que ordenen a quienes están adelantando sus estudios.
El alto tribunal advirtió que cuando un miembro de la institución es trasladado a otra región del país que afecte sus estudios, se estarían vulnerando el derecho a la educación.
La tutela analizada por la Corte Constitucional se relaciona con la de un patrullero en el departamento de Sucre que pidió permiso para estudiar y profesionalizar su carrera, no obstante, luego de 3 años de estudios, recibió una notificación de que debía ser traslado a otra ciudad.
La Policía Nacional había argumentado que este tipo de situaciones las debe realizar como parte de su normatividad y requerimientos propios de la Fuerza Pública.
En este caso el alto tribunal advirtió que “no se analizó la situación en la que se encontraba el señor patrullero, pues estaba a puertas de culminar su carrera universitaria, afectando su derecho a la educación al no permitirle continuar con su proceso educativo. Por lo tanto no se cumplió con las exigencias jurisprudenciales para el ejercicio del ius variandi”.
Por esta situación la Corte Constitucional sentó su posición y amparó los derechos del patrullero, en este caso a la educación y ordenó a la Dirección de Talento Humano de la Policía Nacional “realice el traslado del patrullero a la ciudad de Sincelejo, con el fin de permitirle terminar su carrera universitaria, sin que se afecte la prestación del servicio”.