La Corte Constitucional ratificó que el Consejo Nacional Electoral es el órgano competente para conocer, estudiar y resolver las demandas contra la campaña de 2022 del presidente Gustavo Petro.
La corte se pronunció por una demanda presentada por la organización Mipofaamcol, que alegaban las presuntas irregularidades en la campaña presidencial por violación de topes electorales.
«Presentó acción popular en contra de la Campaña Electoral de Gustavo Petro Urrego y la Coalición Pacto Histórico, mediante la que pretende que por sentencia judicial se determine que esa campaña electoral violó los topes legales de financiación», dice un comunicado del tribunal.
Los magistrados de la Sala Plena resolvieron el caso explicando que, según la ley, el Consejo Nacional Electoral es el tribunal encargado de avanzar en las investigaciones por la financiación de la campaña del primer mandatario.
«La competencia para decidir sobre la presunta violación de los topes de financiación de la campaña presidencial corresponde al Consejo Nacional Electoral, conforme lo dispuesto en los artículos 265 de la Constitución y 21 de la Ley Estatutaria 996 de 2005″, afirmó el pronunciamiento.
Un caso similar fue resuelto en las últimas horas por el Consejo de Estado, pues la misma organización presentó un medio de nulidad argumentando la violación de topes de financiación de la campaña del presidente Petro.
El tribunal del contencioso administrativo consideró que no es el competente para atender este tipo de demandas, debido a que las normas establecen que las investigaciones que pueden generar pérdida de investidura del presidente son jurisdicción de la Comisión de Acusación del Congreso.
Este caso llegará a la Cámara de Representantes para que los investigadores determinen si hay presuntas irregularidades en la campaña del primer mandatario para tomar las medidas correspondientes.
Fuente: Sistema Integrado de Información – RCN Radio – Diego Espitia