La Corte Constitucional tumbó los artículos uno y dos del decreto 476 de 2020, que fue expedido por el Gobierno Nacional, con el que se que flexibiliza los requisitos para la compra de elementos que permitan hacerle frente a la pandemia por la COVID-19.
Cabe mencionar que con el decreto se había dispuesto la prevención, diagnóstico y tratamiento del coronavirus, es decir, que se le otorgaban facultades al Ministerio de Salud y Protección Social y al Instituto de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), para la adquisición de elementos de bioseguridad en el marco de la emergencia sanitaria por la propagación del virus.
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