Con 8 votos a favor y un salvamento de voto la Sala Plena de la Corte Constitucional ordenó al Consejo Nacional Electoral (CNE) otorgarle la personería jurídica al movimiento Colombia Humana de Gustavo Petro.
La decisión se tomó al fallar a favor del Senador una tutela contra el CNE que en el 2018 le negó el reconocimiento al movimiento de ciudadanos a través de la resolución 3231 del 20 de diciembre.
La ponencia en manos del magistrado Alejandro Linares, proponía que la Colombia Humana sí tiene derecho a ese reconocimiento político por la vía del estatuto de la oposición.
Además, se tuvo en cuenta que la Colombia Humana tuvo la segunda votación en las elecciones presidenciales pasadas con más de 8 millones de votos.
Ese mismo argumento plateaba la tutela: “En esta primera vuelta el candidato Gustavo Petro obtuvo 4.855.069 votos. En segunda vuelta obtuvo 8.040. 449 votos”, decía el recurso.
La tutela además aseguraba que la decisión del CNE había sido arbitraria, pues se tomó sin que se hubiera elevado la petición de reconocimiento de personaría jurídica.
“Un día antes de vencer su periodo, se adelantó a proferir su preconcepto señalando que el Grupo Significativo de Ciudadanos no tenía derecho a la Personería Jurídica”, dice uno de los apartes de la tutela.
Según la tutela, el argumento del CNE para negar esa personería jurídica fue que el movimiento “no participó en las elecciones al Congreso del 11 de marzo del 2018”.
Así mismo le dijeron a la Corte que la negativa de la personería jurídica reducía “las posibilidades de ejercer plenamente los derechos políticos en el proceso electoral”.
El pasado cinco de agosto la Corte revivió el Nuevo Liberalismo fundado por Luis Carlos Galán ordenándole al CNE otorgarle su personería jurídica.
Esa decisión también se tomó por la vía de la tutela, en la que se pidió la restauración de la personería jurídica advirtiendo que por la vía del acuerdo de paz ese partido podía volver a la arena política.