La Oficina Asesora de Planeación y la Superintendencia de Notariado y Registro en el marco del acuerdo Nº. 016 del 2020, donde se autoriza al señor Alcalde “para realizar cesión a título gratuito y/o enajenación de dominio de bienes fiscales, de conformidad con las normas vigentes, informa e insiste nuevamente a la comunidad en general, que alleguen los documentos exigidos para la titulación de sus predios baldíos urbanos, ya que se está presentando demoras por parte de los posibles beneficiarios en anexar la documentación solicitada por la Oficina Asesora de Planeación. No se quede sin su título, solo el registro lo hace propietario.
Así mismo, se les comunica a los interesados en la legalización de sus predios, que los requisitos mínimos para acceder al programa de titulación son los siguientes:
- El posible beneficiario NO puede ser PROPIETARIO de otra vivienda en el territorio nacional.
- Pago del impuesto predial (del predio o de la mejora), debe estar a paz y salvo con la Administración Municipal.
- Copia de los documentos de identidad de todos los integrantes de la familia.
- Acreditación de la ocupación ininterrumpida en el inmueble con mínimo diez (10) añosde anterioridad al inicio del procedimiento administrativo.
Para la individualización de los predios que sean susceptibles del programa de titulación, durante el transcurso del proceso, se programará una visita a cada predio para recopilar datos de los ocupantes, y se verificará área del terreno y mejoras del mismo.
Para los centros poblados que tengan aprobados sus planes parciales o planes de mejoramiento integral, también harán parte del programa de titulación, y se les visitará con el fin de recopilar información de los predios y sean beneficiarios del programa de formalización de la propiedad.
Para mayor información se habilitará la Oficina Asesora de Planeación Municipal, con el fin de atender todas las inquietudes de los interesados en el programa de titulación.