
El Consejo de Estado falló a favor del exvicepresidente Germán Vargas Lleras, protegiendo sus derechos a la honra y el buen nombre, tras las afirmaciones hechas por el presidente Gustavo Petro en noviembre de 2024 sobre las obras de la Autopista Norte.
En la sentencia, se ordenó al mandatario rectificar sus declaraciones en un plazo de 48 horas. cabe mencionar que el conflicto comenzó cuando a través de su cuenta en la red social X, Petro acusó a Vargas Lleras de haber ignorado su solicitud para reducir el impacto ambiental de la ampliación de la concesión de la Autopista Norte y de permitir la conexión entre los humedales Guaymaral y Torca.
El presidente señaló que como alcalde de Bogotá, pidió que la ampliación incluyera una estructura elevada para permitir el paso de las aguas y la reconstitución de los humedales. Sin embargo, Petro afirmó que Vargas Lleras desestimó su propuesta, priorizando la expansión urbanística que favorecía la especulación inmobiliaria.
Tras revisar el caso, ese tribunal concluyó que la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) nunca recibió ninguna solicitud formal del alcalde Petro para realizar el proyecto elevado entre los humedales. Según el Consejo de Estado, no se presentó evidencia que corroborara las afirmaciones del presidente, lo que desmentía la acusación de que Vargas Lleras había hecho caso omiso a las solicitudes de Petro.
La Sala del Consejo de Estado precisó que aunque el presidente Petro tiene derecho a la libertad de expresión, su posición como mandatario lo obliga a ser responsable con la veracidad de sus declaraciones.
En este sentido, destacó que las afirmaciones del presidente pueden tener un impacto significativo en los derechos de terceros, especialmente cuando se trata de figuras públicas.
Como consecuencia, el Consejo de Estado ordenó que Petro rectificara sus declaraciones, específicamente las realizadas el 7 de noviembre de 2024, a las 8:52 a.m. y a las 6:26 p.m.
La rectificación deberá publicarse en su cuenta de X dentro de las 48 horas siguientes a la notificación del fallo, garantizando su difusión y visibilidad.
Fuente: Sistema Integrado de Información – RCN Radio – Carol Yesenia Rodríguez Gutiérrez