El Gobierno Nacional expidió un decreto que fija un descuento del 5% en la renovación de la matrícula mercantil para todas las micro, pequeñas y medianas empresas del país, siempre y cuando se realice el pago dentro de los tres primeros meses del 2021.
El Gobierno expidió el Decreto Reglamentario de la Ley 2063 de 2020 con el que se establece una serie de beneficios en las tarifas de registro mercantil en beneficio del desarrollo del sector productivo del país.
Según el decreto, la renovación de establecimientos, sucursales y agencias de las mipymes tendrá de igual forma eses mismo descuento del 5% sobre el valor de la tarifa.
El Ministro de Comercio, Industria y Comercio, José Manuel Restrepo, indicó que con esta medida se está contribuyendo a la reactivación de la industria principalmente en los sectores de las micro y pequeñas empresas.
El Ministro Restrepo señaló que al final se trata de ahorros para las mipymes colombianas de más de $11.000 millones, con lo cual el Gobierno Nacional impulsa la recuperación del tejido empresarial colombiano en el marco de la coyuntura.
«En cuanto a las personas naturales comerciantes mipymes, que no hayan podido renovar la matrícula mercantil en 2020, tendrán derecho a cancelar su matrícula, sin sufragar el derecho de la renovación por las vigencias 2020 y 2021, pero también tienen que realizarlo dentro de los tres primeros meses del año», señala un comunicado del Ministerio de Comercio.
La normatividad también estableció descuentos del 7% en las tarifas por cancelación y mutación de la matrícula mercantil y por la inscripción en el registro mercantil de actos y documentos.
En el decreto también está consignado que las Entidades sin Ánimo de Lucro (ESAL) se beneficiarán de los descuentos en renovación, cancelación, mutaciones, inscripción de actos, libros y documentos y certificados en 2021.