El Comando General de las Fuerzas Militares a través del departamento de control comercio de armas municiones y explosivos anunció la prórroga de las medidas de suspensión general de los permisos para el porte de armas de fuego, en todo el territorio nacional, por medio del Decreto 2633, del 30 de diciembre del 2022.
«El 30 de diciembre de 2022, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 2633 que prorroga la restricción al porte de armas, hasta el 31 de diciembre de 2023. Para el caso de que algún ciudadano cuente con permiso especial, deberá tener en cuenta que este perdió vigencia el 31 de diciembre de 2022”, manifestaron.
Frente a ello, aclararon que, tras la disposición adoptada por el Ministerio de Defensa, en cabeza de Iván Velásquez, será difundida una reglamentación con las excepciones de dicho mandato.
“Se aclara que el Ministerio de Defensa Nacional emitirá la reglamentación de excepciones al Decreto en mención, con el fin de realizar los trámites administrativos de renovación”, expresaron mediante un comunicado.
De igual forma, indicaron que para el trámite por primera vez de solicitudes de permisos especiales, nacionales o regionales, deberá iniciar el proceso de registro del usuario en el siguiente enlace www.gov.co/ficha-tramites-y-servicios.
Cabe resaltar que, en Colombia las personas deben solicitar un registro ante el Ministerio de Defensa Nacional, para que este analice y de la autorización del porte de armas, siempre y cuando sea solo para defensa personal, o para la caza deportiva en los lugares autorizados.
Adicionalmente, que en el Decreto 2362 se precisó que corresponde a la cartera de Defensa impartir a las autoridades militares los lineamientos y/o directrices para la expedición de las autorizaciones especiales que requieran los titulares por razones de urgencia o seguridad y de las excepciones que correspondan.