La Presidencia de la República y el Ministerio del Interior deberán adelantar todos los trámites para reglamentar la educación inicial que la ley 1804 de 2016 -para la primera infancia- fijó para los niños menores de seis años en todo el territorio nacional.
El Consejo de Estado determinó que, en efecto, se ha presentado un incumplimiento en los alcances de esta ley que busca fomentar las capacidades de los niños en diferentes áreas como las ciencias y el arte.
Este pronunciamiento se hizo al revisar un recurso de impugnación ante el fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que advirtió que el Gobierno no había tomado las medidas necesarias para atender el mandato legal que le ordenaba reglamentar este sistema educativo.
Los accionantes señalaron que después de seis meses de su entrada en vigencia, el Ministerio de Educación no tenía un plan u hoja de ruta para la implementación del esquema educacional.
En el debate jurídico, el máximo tribunal de lo contencioso administrativo indicó que las explicaciones de la Presidencia y el Ministerio de Hacienda respecto a sus gestiones para el establecimiento de las bases técnicas del proyecto y los lineamientos para la adaptación de un sistema de gestión de calidad para organizar la oferta de educación inicial y garantizar su socialización no son suficientes.
El Consejo de Estado admitió la petición del Ministerio y amplió a tres meses el término para adelantar los trámites legales tendientes a reglamentar los mecanismos para la prestación del servicio de educación inicial, así como los mecanismos para su vigilancia y control.
La ley fija la creación de un «proceso educativo y pedagógico intencional, permanente y estructurado, a través del cual los niños y las niñas desarrollan su potencial, capacidades y habilidades en el juego, el arte, la literatura y la exploración del medio, contando con la familia como actor central de dicho proceso”.