El director del Fondo Colombia en Paz, Camilo Cetina, aseguró en RCN Radio salió en defensa de la contratación que hizo la entidad con el esposo de la ministra de Minas, Irene Vélez, el antropólogo Sjoerd Van Grootheest, pues aseguró que “no hay nada irregular».
Cetina señaló que «se hicieron varios controles y tenemos un manual de conflictos de interés. La relación conyugal de este contratista no afecta el cumplimiento de objeto del contrato ni los propósitos del Fondo Colombia en Paz”.
Respecto a las funciones que cumplirá Van Grootheest, aseguró que “lo que tiene que hacer es apoyar las actividades de comunicaciones”.
Recalcó que el Fondo Colombia en Paz es un instrumento «a través del cual se le ubican los recursos a las diferentes entidades que deben cumplir con los puntos del acuerdo de paz».
En ese sentido, explicó que cada vez que una entidad tiene recursos a través del fondo y «tiene la necesidad de contratar, envía la solicitud de contratación y nosotros adelantamos ese proceso».
«Para este caso particular nos entregan la solicitud de contratación de esta persona, con el objeto contractual que tiene que ver con temas de comunicaciones y allí hacemos la verificación», indicó Cetina.
Agregó que se revisan las escalas salariales y a van Grootheest “le corresponde la de profesional 7 que exige algo más de un año de experiencia laboral y él cumple con 57 meses”.
Además, aseguró que se hacen algunos filtros como antecedentes fiscales, penales e incluso en las listas internacionales por lavado de activos y “una vez se verifica que la persona pasa estos procesos, procedemos a adelantar el proceso contractual”, señaló Cetina.
Las diferentes “entidades son autónomas de armar sus equipos y, una vez eso sucede, llegan al fondo las solicitudes y nosotros simplemente hacemos el proceso administrativo”.
Por otra parte, recalcó que Sjoerd Van Grootheest, esposo de la ministra de Minas, diligenció el formato en donde se evidenció su sociedad conyugal con la ministra Irene Vélez.
Así mismo dijo que se tiene un manual de conflicto de interés den la entidad “ahí definimos cómo se determinan las inhabilidades y conflictos de interés. En este caso se determina si el cumplimiento del objeto del contrato se ve afectado por las relaciones personales que tiene este contratista, este test se hizo y no es así”.
Indicó que el sector de Minas y Energía no tiene subcuentas en el fondo, ni maneja recursos a través de este fondo, no hace parte del Consejo Directiva, entonces no existe ninguna interferencia entre su relación conyugal y el objeto del contrato.
Fuente: Sistema Integrado de Información – RCN Radio – Liliana Alayón Torres