Luego de haberse suspendido temporalmente el servicio de transporte intermunicipal terrestre, al corroborarse el incumplimiento de los protocolos establecido en la Circular Nº 015 de 2020, expedida por la Secretaría de Tránsito y Transporte, esta misma dependencia emitió la Circular Nº 017 del 8 de junio de 2020, donde se reitera que solo está permitido el traslado de personas, que se encuentren bajo las 43 excepciones establecidas en el Decreto Nº 749 de 2020, proferido por el Gobierno Nacional.
Por su parte, la Administración Municipal, a través de la Secretaría de Tránsito y Transporte, sostuvo una reunión con los representantes de las diferentes empresas que prestan el servicio de transporte intermunicipal en la capital casanareña, para socializar las directrices impartidas en la nueva Circular y pactar el cumplimiento de las mismas.
Lo anterior, con el objetivo de cubrir las necesidades de transporte a las personas exceptuadas en el decreto nacional y asegurar el cumplimiento de las medidas de prevención y mitigación del nuevo Coronavirus – Covid-19, evitando la aglomeración y demás directrices establecidas por el Centro de Logística y Transporte.
Llegando a un nuevo acuerdo, la Alcaldía, aprobó nuevamente la operación de rutas de transporte intermunicipal desde y hacia Yopal, para lo cual, las empresas de transporte, deberán prestar el servicio de manera organizada y articulada con las Autoridades de Tránsito y Policía, teniendo en cuenta los siguientes destinos y horarios:
DESTINO |
LUNES |
MIÉRCOLES |
VIERNES |
Bogotá D.C |
7:00 am |
7:00 am |
7:00 am |
Bogotá D.C |
8:30 am |
8:30 am |
8:30 am |
Bogotá D.C |
10:00 am |
10:00 am |
10:00 am |
DESTINO |
MARTES |
JUEVES |
SÀBADO |
Villavicencio |
7:00 am |
7:00 am |
7:00 am |
Villavicencio |
8:30 am |
8:30 am |
8:30 am |
Villavicencio |
10:00 am |
10:00 am |
10:00 am |
DESTINO |
LUNES |
JUEVES |
Bucaramanga |
5:00 pm |
5:00 pm |
En cuanto a la recepción de vehículos en el denominado Terminal de Transportes de Yopal, procedentes de otras ciudades se disponen los siguientes orígenes y horarios:
ORIGEN |
DÍAS |
Bogotá D.C |
Lunes |
Bogotá D.C |
Miércoles |
Bogotá D.C |
Viernes |
Hora máxima de llegada |
5:00 PM |
ORIGEN |
DIAS |
Villavicencio |
Martes |
Villavicencio |
Jueves |
Villavicencio |
Sábado |
Hora máxima de llegada |
5:00 PM |
ORIGEN |
DIAS |
Bucaramanga |
Lunes |
Bucaramanga |
Jueves |
Hora máxima de llegada |
5:00 PM |
Entre tanto, el incumplimiento por parte de alguna de las medidas establecidas en la Circular 015 de 2020, por parte de las empresas de transporte público terrestre, dará lugar al cierre inmediato del denominado terminal de transportes de Yopal, y se dará traslado a la Superintendencia de Puertos y Transporte para que dé apertura a las investigaciones a las que haya lugar. De igual manera, se invita a la ciudadanía para que haga uso responsable de los servicios de transporte, acatando las medidas impartidas, teniendo en cuenta que de ello depende la salud y la vida de toda la población.