La Secretaría de Salud Municipal acompañada de la Secretaría de Desarrollo Económico, Medio Ambiente y Turismo, llevaron a cabo la visita de 106 peluquerías, barberías y centros de belleza, para constatar y concientizar sobre las medidas sanitarias y de protección que deben acatar estos establecimientos para su operación.
Teniendo en cuenta que mediante el decreto 749 de 2020, el Gobierno Nacional estableció los establecimientos comerciales que reactivarán sus operaciones a partir del 01 de junio, entre los que se encuentran las peluquerías, barberías y salas de belleza, la Administración Municipal se encarga de la vigilancia y control en las medidas sanitarias de obligatorio cumplimiento. El artículo 3 del mencionado decreto tiene 7 parágrafos, el primero de los cuales señala que “las personas que desarrollen las actividades antes mencionadas deberán estar acreditadas o identificadas en el ejercicio de sus funciones”.
Por su parte, el parágrafo 5 indica que “las personas que desarrollen las actividades mencionadas en el presente artículo, para iniciar las respectivas actividades, deberán cumplir con los protocolos de bioseguridad que establezca el Ministerio de Salud y Protección Social para el control de la pandemia del coronavirus covid-19”.
En el mismo aparte se específica que estas personas “deberán atender las instrucciones que para evitar la propagación del coronavirus covid-19 adopten o expidan los diferentes ministerios y entidades del orden nacional y territorial”.