La Secretaría de Tránsito y Transporte, a cargo del denominado Terminal de Transportes de Yopal y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3 de la ley 769 de 2002, imparte directrices acorde a lo establecido por el Ministerio de Salud y Protección Social, para evitar la propagación del Covid-19.
Los vehículos que son despachados desde el denominado Terminal de Transporte, deberán salir debidamente desinfectados. Para tal fin se acondicionó un espacio al interior del precitado lugar, donde se puede llevar a cabo tal procedimiento.
El control de pasajeros y la verificación de los protocolos deberán estarse a lo dispuesto en el anexo técnico numeral 3 a 3.2.2 de la Resolución 1537 del 2 de septiembre de 2020. Las empresas estarán sujetas a trabajar acorde a la demanda de pasajeros y al 50% de su capacidad transportadora.
Se reitera el llamado a la comunidad en general a que haga uso responsable de este servicio y acaten las medidas y directrices impartidas, ya que es en pro de la salud de todos.
A los ciudadanos que deseen hacer uso del servicio de transporte público terrestre, se le recuerda el deber de permitir la toma de temperatura antes de iniciar el recorrido y una vez finalice el mismo, los pasajeros deberán conservar el distanciamiento social y usar el tapabocas de manera permanente.