La Corte Suprema de Justicia emitió un fallo que estableció unas condiciones de igualdad para las personas que poseen una pareja del mismo sexo y que desean reclamar una pensión de sobrevivientes ante la muerte de su pareja.
El alto tribunal determinó que de ahora en adelante no será necesario que se presente una declaración juramentada como soporte para demostrar que hubo una convivencia entre parejas del mismo sexo. Bastará con otros elementos de prueba como testimonios o documentos.
Esta determinación se produjo a raíz del caso de una mujer que tuvo una convivencia por varios años con su pareja, pero a causa de la presión social y para evitar que se pierdan los bienes su compañera sentimental le dejó, ella eligió tramitar el caso judicialmente y realizar una declaración extrajudicial donde afirmó que no convivió con nadie.
A raíz de estas acciones, Colpensiones no le entregó la pensión de sobrevivientes señalando que no había una evidencia que probara que las mujeres habían tenido una convivencia de pareja.
Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia halló otros elementos, como testimonios, que demostraban que las mujeres sí tuvieron una convivencia de por más de 6 años. Por este motivo la demandante tenía derecho a recibir la pensión.
“No es la situación formal entre la pareja la que define si existe o no el derecho al reconocimiento de la pensión de sobrevivientes sino la efectiva y real conveniencia con las características ya señaladas”, destacó el alto tribunal en nueva determinación.
De igual manera, la Corte Suprema resaltó que no tratar con equidad a las parejas del mismo sexo al pedirle una declaración juramentada, representa una forma de discriminación.