La procuradora general, Margarita Cabello, entregó a la Corte Constitucional una manifestación de impedimento para participar en la discusión sobre una de las demandas contra la ley de ‘Paz Total’, que actualmente estudia el tribunal.
Se trata de una de las seis demandas contra esta ley promovida por el gobierno, en la que específicamente demandan el artículo 12 que habla sobre los factores generadores que deben tener en cuenta los entes territoriales para cobrar el impuesto de seguridad en casos excepcionales, al igual que el artículo 18 que habla sobre la paz con la naturaleza como medida de restauración.
La Procuraduría debía entregar el concepto para que la Corte Constitucional estudiara si esa demanda debía proceder o no, pero la funcionario se declaró impedida, pues recientemente dio declaraciones al Consejo Superior de Política Criminal sobre esta ley.
En ese espacio, Margarita Cabello dijo no estar de acuerdo con varios puntos de la ‘Paz Total’, tras advertir sobre «la eventual incompatibilidad que puede presentarse entre la normativa demandada en el proceso de la referencia y su desarrollo propuesto con los derechos constitucionales de las víctimas, así como el cumplimiento de buena fe de los compromisos pactados en el Acuerdo Final».
Explicó que si bien esas declaraciones se desarrollaron en un marco constitucional que no generaba ningún impedimento, esta disposición cambió en 2022 cuando la Corte declaró que en esencia, esas declaraciones sí podían afectar el concepto.
«Dicha posición fue modificada por la Sala Plena de la Corte Constitucional en el Auto 1730 de 2022, en el sentido de considerar que los pronunciamiento realizados en dicha instancia puedan dar lugar a apartar al Jefe del Ministerio Público, de la discusión sobre el examen de conformidad de una norma legal con la Carta Política», concluyó Margarita Cabello.
Finalmente, la procuradora general propuso que en esta ocasión, el viceprocurador Silvano Gómez fuera el encargado de entregar el concepto de la entidad. Sin embargo, esta es una disposición que deberá resolver la Sala Plena de la Corte Constitucional.
Fuente: Sistema Integrado de Información – RCN Radio – Diego Espitia