De acuerdo a lo establecido mediante la Resolución CRA 911 de 2020, decretada por el Gobierno Nacional, que dispone facilitar las medidas temporales relacionadas con la declaratoria de emergencia sanitaria del COVID-19, la EAAAY realizará la reinstalación del servicio de acueducto a los suscriptores residenciales suspendidos.
Así como se encuentra consignado en el capítulo 1, artículo 3 de dicha resolución, este proceso se aplicará con los usuarios que han tenido o tienen vínculo formal con la empresa y han sido suspendidos por no pago.
Sin embargo tal como lo indica el decreto la empresa continuará con la facturación de los servicios, dejando en claro además que la reinstalación del servicio no implica la condonación de la deuda que generó el corte del servicio y que las personas deberán de igual manera cancelar el valor adeudado a la empresa.
Para lo cual la EAAAY ha dispuesto el formato de petición de reinstalación, con los datos básicos del solicitante, para establecer el cronograma de atención.
Los usuarios que requieran la reinstalación del servicio, podrán hacerlo mediante las siguientes opciones:
1. Diligenciar el formato publicado en nuestra página web www.eaaay.gov.co y enviarlo de manera digital al correo [email protected]
2. Descargar e imprimir el formato publicado en nuestra página web www.eaaay.gov.co y una vez diligenciado entregarlo en la portería de la sede administrativa de la EAAAY.
3. Solicitar el formato de manera presencial en la portería de la sede administrativa de la EAAAY y una vez diligenciado entregarlo allí mismo.
Para descargar el formato siga la ruta: Página de inicio-Institucional-Direcciones-Dirección Comercial-Unidad de Cartera- Formato de Reconexiones e Instalaciones.
O dale click en el siguiente enlace:
https://www.eaaay.gov.co/media/id5bdk2b/formato-reinstalacion.pdf