La Administración departamental prorrogó hasta el próximo primero de diciembre la vigencia del Decreto 220 del 31 de agosto de 2020, el cual fue emanado en concordancia con lo dispuesto por el Gobierno nacional, a través del Decreto 1408, el cual sigue vigente.
El escrito contempla la ampliación de medidas como la prohibición del desplazamiento y circulación de personas de 11 de la noche a 5 de la mañana, en el lapso comprendido entre el 05 de noviembre y el 01 de diciembre. Esta decisión fue proferida mediante el Decreto departamental 255 del 04 de noviembre de 2020.
Esta disposición es interpretada por la autoridad seccional como una acción transitoria, adoptada para prevenir el riesgo de contagio o propagación del coronavirus y cobija a todos los municipios casanareños.
Dicho decreto es de obligatorio cumplimiento. Su desobediencia acarreará las sanciones previstas en la Ley, según lo previsto en los Artículos 222 y 223 de la Ley 1801 de 201 y el Artículo 368 de la Ley 599 de 2000.
Igualmente se ordenó a los organismos de seguridad del Estado, a la Fuerza Pública y alcaldes, hacer cumplir lo dispuesto en el presente decreto, para lo cual deberán realizar los respectivos operativos de rigor en todo el departamento y procederán a aplicar las medidas correctivas de su competencia.
Dentro de las excepciones se incluyen el personal y vehículos destinados a la cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento y transporte de bienes de primera necesidad, alimentos, bebidas, medicamentos, entre otros.