El Tribunal Administrativo de Cundinamarca abrió un incidente de desacato contra el presidente Gustavo Petro por no cumplir con la orden de nombrar en propiedad a los expertos de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg).
De acuerdo con los magistrados, de insistir en no dar cumplimento al fallo del pasado 25 de enero emitido por el Tribunal de Cundinamarca y el Consejo de Estado, el presidente Gustavo Petro incurrirá en desacato, con todas las consecuencias legales que ello implica.
Esta determinación se produjo tras petición de la Procuraduría 25 Judicial II Administrativa de iniciar incidente de desacato en contra del presidente Petro Urrego por el incumplimiento de la sentencia de cumplimiento de 25 de enero de 2024 proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca y confirmada por el Consejo de Estado.
Lo anterior, mediante providencia de 2 de mayo de 2024, a través de la cual ordenó que, “dentro de los 30 días siguientes a la notificación de la sentencia, se diera cumplimiento y en consecuencia se realizaran las acciones y gestiones necesarias para integrar la Comisión de Regulación de Energía y Gas – CREG con seis expertos en asuntos energéticos de dedicación exclusiva, nombrados por el jefe de Estado para períodos de cuatro años”.
“Ahora bien, los documentos allegados por la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República permiten evidenciar que se realizaron gestiones para realizar los nombramientos, más no el cumplimiento del fallo, porque no se adjuntaron los actos administrativos de nombramiento en propiedad de los seis expertos en asuntos energéticos de dedicación exclusiva, nombrados por el presidente de la República para períodos de cuatro años, como se ordenó en el fallo del 25 de enero de 2024, pese a que el plazo feneció el 27 de junio de 2024”, señalaron los magistrados.
El tribunal ordenó notificar personalmente al presidente Petro sobre esta determinación y le señaló que cuenta con el término de dos días para rendir informe de cumplimiento del fallo o presentar argumentos de defensa a una eventual sanción por desacato.
También deberá aportar el expediente completo sobre los actos administrativos de nombramiento en propiedad y por encargo de los expertos de la Creg y demás documentos que acrediten las acciones y gestiones necesarias para integrar la Comisión de Regulación de Energía y Gas.
El fallo enfatiza: “Abrir incidente de desacato a orden judicial contra el doctor Gustavo Francisco Petro Urrego, en calidad de presidente de la República de Colombia, por desacato al fallo de 25 de enero de 2024 proferido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca”.
Fuente: Sistema Integrado de Información – RCN Radio – Mauricio Collazos