Los migrantes venezolanos en Colombia que hayan tenido algún problema con la justicia y que hayan pagado su condena, pueden postularse al Estatuto de Protección Temporal para los migrantes venezolanos. Así lo dio a conocer el director de Migración Colombia, Juan Francisco Espinosa.
Esta era algunas de las dudas que tenían los migrantes que quieren postularse para adquirir el Estatuto de Protección que les otorga el Gobierno Nacional a los venezolanos que residen en Colombia.
El director de Migración Colombia indicó que las personas que hayan cumplido una condena judicial, hacen parte de un proceso de resocialización por lo que podrá postularse al estatuto.
«Una persona perfectamente pudo haber cometido un error tipificado en la ley penal, haber purgado su pena, y de esa forma se cumple un fin de resocialización; y es una persona que debe reincorporarse a la sociedad civil. En ese sentido, el hecho que una persona tenga un antecedente judicial con pena cumplida no le va a afectar su proceso de estatuto temporal«, explicó el director Espinosa.
Sin embargo, el migrante venezolano que tenga una orden de captura vigente por cualquier delito, no se le dará el estatuto de protección «por el contrario se hará efectiva la captura».
A corte del 31 de enero de 2021, hay 1.742.927 migrantes venezolanos que pueden postularse al Estatuto de Protección Temporal, de los cuales 759.584 son regulares y 983.343 irregulares.
Entre el 31 de diciembre de 2020 y el 31 de enero de 2021 ingresaron 14.000 migrantes venezolanos al territorio nacional.
El director de Migración también dio a conocer las ciudades con mayor número de venezolanos. En primer lugar está Bogotá con 340.711, le sigue Barranquilla con 97.494, Cucutá 94.847, Medellín 90.100, Cali 59.571, Cartagena 51.589 migrantes venezolanos.